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Código de Procedimientos Penales Artículo 398 octies Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07/07/2026

Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 398 octies. Restauración y retractación

Cuando las partes lleguen a acuerdos, se procederá conforme al artículo 323 (Efectos) de este código.

Si se trata de delitos contra el honor y el imputado se retractara en la audiencia o al contestar la acusación, la causa será sobreseída.

La retractación será publicada a petición del acusador, en la forma que el juez estime adecuada



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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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